Diligencia válida y en vigor extendida en el pasaporte del extranjero que pretenda entrar en España o en Documento de viaje o, en su caso, en Documento aparte, salvo que reglamentariamente este dispensado de dicho requisito.
Clases de visado:
- De Transito: es el utilizado por el extranjero habilitado para atravesar el Espacio Schengen en viaje de un Estado que admite a dicho extranjero en un plazo no superior de 5 días o para permanecer en la zona de transito internacional de un aeropuerto español, durante la escalas o enlaces de vuelo.
- De Estancia: Habilita al extranjero la estancia en España hasta un máximo de tres meses con mas de dos o varias entrada.
Estos visados son expedidos por los representaciones Diplomáticas o consulares de España en el Extranjero.
- De Cortesía: Son los visados expedidos a los titulares de pasaporte diplomáticos, oficiales y de servicios o para personas del artículo 2 de la LoEx 4/2000 de 11 de enero.